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Campus Virtual de Afige - Área Laboral - Diccionario - M


  • Mancomunadamente
    Doc.320124
    Obligación entre dos o más personas en un mismo negocio para responder a un mismo tiempo a su cumplimiento.
  • Manumissio
    Doc.169428
    Significa "salida de la mano" del señor, acto de voluntad del dueño consistente en una declaración por la que se otorgaba la libertad al esclavo.
  • Maternidad
    Doc.169429
    Periodos de descanso retribuido que disfruta el trabajador por la maternidad, adopción o acogimiento previo.
  • Maximos de derecho necesario
    Doc.320125
    Límite máximo, fijado por la ley, que las partes no pueden disponer o sobrepasar en la negociación colectiva, establecido en beneficio del empresario.
  • Menores
    Doc.169430
    Por tales entendemos los que tienen menos de 16 años. En Derecho Laboral se prohibe la admisión al trabajo de los menores de 16 años.
  • Mesa electoral
    Doc.169431
    Unidad de demarcación electoral básica, que coincide con la sección. Como unidad de la Administración electoral, se encarga de presidir y recibir la votación así como de llevar a cabo el escrutinio correspondiente. Como mínimo, hay una mesa por cada sección. Los electores de la misma sección están ordenados alfabéticamente. Ninguna sección comprende áreas pertenecientes a distintos términos municipales. Cada sección incluye un máximo de dos mil electores y un mínimo de quinientos. Cada término municipal tiene, al menos, una sección. La mesa está formada por un presidente y dos vocales. Su formación compete a los Ayuntamientos, con la supervisión de las Juntas electorales de Zona. Los miembros de la mesa son designados por sorteo público entre el total de los censados.
  • Minimo de derecho necesario
    Doc.320126
    Límite mínimo, fijado por la ley , que las partes no pueden rebajar los pactos contractuales, establecido en beneficio del trabajador.
  • Minusvalido
    Doc.169432
    Persona que adolece de una validez parcial. Los trabajadores minusválidos son aquellas personas comprendidas en edad laboral que estén afectadas por una disminución de su capacidad física o psíquica en el grado que reglamentariamente se determine sin que en ningún caso pueda ser inferior al 33% del estado normal, que les impida obtener o conservar empleo adecuado, precisamente a causa de su limitada capacidad laboral y que se encuentren incluidos en el Registro de Trabajadores Minusválidos de las Oficinas de Empleo.
  • Modalidad contractual
    Doc.320127
    Cada uno de los tipos de contratación existentes en función de la legislación vigente en cada momento.
  • Modelo oficial del contrato
    Doc.320128
    Impreso oficial facilitado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para cada uno de los contratos que disponen del mismo y en el cual debe cumplimentarse el acuerdo contractual entre el trabajador y la empresa.
  • Mora
    Doc.169433
    Se entiende por tal, la tardanza en el cumplimiento de una obligación.
  • Movible
    Doc.169435
    Que puede moverse por sí o por impulso ajeno.
  • Movilidad
    Doc.169434
    Calidad de movible.
  • Movilidad funcional
    Doc.169439
    Es el traslado del trabajador dentro del centro del trabajo. Este traslado entra dentro de las facultades directivas del empresario, sin más limitaciones que las exigidas por las titulaciones precisas para ejercer la prestación laboral y por la pertenencia al grupo profesional.
  • Movilidad geografica
    Doc.169440
    Es el traslado de trabajadores. No será posible este traslado si no es por razones económicas, técnicas, organizativas o productivas que lo justifiquen.
  • Muerte
    Doc.169441
    Cesación de la vida. En Derecho Laboral es una contingencia que da derecho a una serie de prestaciones a cargo de la Seguridad Social y en favor de determinados familiares del fallecido.
  • Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
    Doc.169442
    "Asociaciones de empresas" formadas al objeto de colaborar en la gestión de las contingencias de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, sin ánimo de lucro y asumiendo responsabilidad mancomunada.

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El sistema de gestión de la calidad de AFIGE es conforme con la norma ISO 9001:2000
Certificado nº 2664/ER/01/03

El diseño e implantación del sistema de calidad de AFIGE ha sido auditado con éxito por la empresa certificadora ECA. Por tanto, AFIGE es una empresa certificada conforme a la normativa internacional ISO 9001:2000, lo que significa un reconocimiento expreso a nuestro esfuerzo permanente por ofrecerle un servicio de calidad contrastada.

AFIGE ha diseñado e implantado un sistema completo de gestión de la calidad. Este sistema incluye todas las etapas en que se desarrolla la prestación de nuestros servicios. El control y la selección de los proveedores, los distintos procesos de nuestra cadena de servicios, el diseño, elaboración y control de los cursos de formación, el seguimiento continuado efectuado a nuestros asociados y alumnos, son engranajes de la cadena de valor añadido y que son cuidadosamente vigilados para estar en disposición de ofrecer un servicio de calidad. Asimismo, la distribución de funciones, la formación permanente de todas las personas que componen nuestro equipo humano y el estricto control de calidad del sistema de resolución de consultas, son elementos esenciales que configuran también la política de calidad implantada en AFIGE.