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Campus Virtual de Afige - Área Fiscal - Diccionario - P


  • Padron
    Doc.169726
    Relación nominal de los habitantes de una entidad administrativa en la que se especifican algunas características de los mismos como número, edad, sexo, profesión, etc. Sirve para la fijación de impuestos, para la elaboración de las listas de contribuyentes de cada tributo.
  • Patrimonio
    Doc.169727
    Conjunto de bienes y derechos (o hacienda) que posee una persona física o jurídica.
  • Periodicidad
    Doc.169728
    Esto es, que se repite con frecuencia a intervalos determinados.
  • Persona juridica
    Doc.169729
    Sociedades o Asociaciones reconocidas por la Ley.
  • Plazo
    Doc.169730
    Término de tiempo seņalado para el cumplimiento de una obligación de un derecho o utilización.
  • Plusvalia
    Doc.169731
    Vease Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana - IVTNU - Mayor valía, más valor. Diferencia entre el valor de adquisición y el valor de enajenación de los bienes urbanos, rústicos y pecuarios, una vez aumentados y disminuidos los costes y reducciones respectivamente.
  • Prescripcion
    Doc.169732
    Acción y efecto de prescribir. Extinción de derechos u obligaciones provocadas por el transcurso del tiempo. Las obligaciones tributarias prescriben normalmente a los cinco aņos. Sólo puede existir por disposición de la ley; puede suspenderse e interrumpirse y ha de ser alegada y probada por aquél a quien beneficie.
  • Presion fiscal
    Doc.169733
    Es la masa global de las detracciones fiscales y parafiscales operadas por el estado y las autoridades locales respecto al producto nacional bruto o la renta nacional bruta. Porcentaje de los tributos recaudados respecto a la renta nacional. Presunción (artículos 118 y 116): Cosa que por ministerio de la ley se tiene como verdad. Las presunciones establecidas por las leyes tributarias pueden destruirse por la prueba en contrario, excepto en los casos en que aquellas expresamente lo prohiban. Para que las presunciones sean admisibles como medio de prueba, cuando no sean establecidas por la ley, es indispensable que entre el hecho demostrado y aquel que trate de deducir haya un enlace preciso y directo según las reglas del criterio humano.
  • Principio de legalidad
    Doc.169734
    Es una de las consagraciones del estado de derecho y supone no sólo la sumisión de la actuación administrativa a las normas emanadas por el poder legislativo, sino también el respeto a la jerarquía de normas establecidas y la imposibilidad jurídica de que un acto administrativo particular vulnere una disposición general. En la esfera tributaria, el principio adquiere su último sentido como expresión de que los gastos e ingresos han de ser autorizados por los súbditos. Así basado en ello, se ha atribuido al legislativo la facultad de establecer impuestos que sólo podrán establecerse por ley.
  • Procedimiento
    Doc.169735
    Método de ejecutar algunas cosas. Actuación por trámites judiciales o administrativos.
  • Progresivo
    Doc.169736
    Se denomina progresivo al tipo de gravamen que aumenta al aumentar la base.
  • Proporcional
    Doc.169737
    Se llama tipo de gravamen proporcional a aquel que permanece fijo aunque disminuya o aumente la base.
  • Prorrata, Regla de
    Doc.169738
    Prorratear algo es repartir ese algo, en determinada forma. En el IVA, la regla de prorrata afecta al caso de contribuyentes que realizan operaciones por las que deben repercutir a sus clientes el IVA, pero también realizan otras sin IVA (por no estar sujetas, o ser exentas). Pues bien, ese contribuyente, a la hora de confrontar sus IVAs soportados y repercutidos, de los primeros, debe prorratear, esto es, decir cuál parte del IVA soportado debe quedar como consumidor final, y el resto, repercutirla al cliente.
  • Publicidad
    Doc.169739
    La administración dará publicidad a las declaraciones de tributos en los casos en que la ley lo determina.

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El sistema de gestión de la calidad de AFIGE es conforme con la norma ISO 9001:2000
Certificado nš 2664/ER/01/03

El diseño e implantación del sistema de calidad de AFIGE ha sido auditado con éxito por la empresa certificadora ECA. Por tanto, AFIGE es una empresa certificada conforme a la normativa internacional ISO 9001:2000, lo que significa un reconocimiento expreso a nuestro esfuerzo permanente por ofrecerle un servicio de calidad contrastada.

AFIGE ha diseñado e implantado un sistema completo de gestión de la calidad. Este sistema incluye todas las etapas en que se desarrolla la prestación de nuestros servicios. El control y la selección de los proveedores, los distintos procesos de nuestra cadena de servicios, el diseño, elaboración y control de los cursos de formación, el seguimiento continuado efectuado a nuestros asociados y alumnos, son engranajes de la cadena de valor añadido y que son cuidadosamente vigilados para estar en disposición de ofrecer un servicio de calidad. Asimismo, la distribución de funciones, la formación permanente de todas las personas que componen nuestro equipo humano y el estricto control de calidad del sistema de resolución de consultas, son elementos esenciales que configuran también la política de calidad implantada en AFIGE.